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Noticias
Documento de posición sobre el descarte de merluza en Argentina
El descarte de merluza no solo es un problema biológico, también pone en riesgo las exportaciones y el empleo.
La pesca marítima es una de las principales actividades económicas de la Argentina, con exportaciones que superaron los 2000 millones de dólares anuales en los últimos 3 años. Sin embargo, y de acuerdo a los últimos informes de evaluación disponibles realizados por el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP), cada año la industria pesquera descarta más de 110 mil toneladas de merluza en buen estado que son devueltas sin vida al mar. Y a pesar de que estos registros podrían sufrir variaciones en las estimaciones de este año, estos valores reflejan un déficit de manejo histórico en la industria pesquera, que pone en riesgo los recursos pesqueros del país, dejando en evidencia la sobre explotación de los océanos y la destrucción de los hábitats marinos.
El problema del descarte pesquero en la pesca marítima, una práctica ilegal en nuestro país de acuerdo a la Ley Federal de Pesca (24.922) que lo prohíbe en dos instancias (artículos 1º y 21)*, se ha convertido es una de las mayores amenazas para los mares de Argentina y del mundo. Junto con la pesca excesiva de nuestros océanos, las capturas accidentales no deseadas, la destrucción de los hábitats de los fondos marinos por la pesca de arrastre, el cambio climático, entre otros, componen elementos de una fórmula peligrosa, con potenciales consecuencias ecológicas irreversibles para la supervivencia de los ecosistemas marinos, y por ende de la salud de estos hábitats y sus especies.
Desde Vida Silvestre entendemos que el descarte es un proceso complejo, que involucra una diversidad de actores y factores, con distinto grado de responsabilidad. Por este motivo planteamos, a través del documento de posición "El descarte de merluza no solo es un problema biológico, también pone en riesgo las exportaciones y el empleo", que es urgente aplicar correctamente la Ley Federal de Pesca, mejorar el desempeño de las pesquerías para incorporar mayor transparencia y trazabilidad, minimizar la captura incidental de otras especies, el descarte y el impacto sobre el hábitat marino.
*La Ley Argentina en su artículo 1º del Régimen Federal de Pesca (Ley 24.922) establece que la pesca debe ser una actividad desarrollada de manera sostenible y con buenas prácticas, que promueva el “máximo desarrollo compatible con el aprovechamiento racional de los recursos vivos marinos”, con el objetivo de asegurar “la conservación a largo plazo de los recursos”. Así mismo, en su artículo 21, indica que está expresamente prohibido arrojar descartes y desperdicios al mar, en contra de prácticas de pesca responsables.
El problema del descarte pesquero en la pesca marítima, una práctica ilegal en nuestro país de acuerdo a la Ley Federal de Pesca (24.922) que lo prohíbe en dos instancias (artículos 1º y 21)*, se ha convertido es una de las mayores amenazas para los mares de Argentina y del mundo. Junto con la pesca excesiva de nuestros océanos, las capturas accidentales no deseadas, la destrucción de los hábitats de los fondos marinos por la pesca de arrastre, el cambio climático, entre otros, componen elementos de una fórmula peligrosa, con potenciales consecuencias ecológicas irreversibles para la supervivencia de los ecosistemas marinos, y por ende de la salud de estos hábitats y sus especies.
Desde Vida Silvestre entendemos que el descarte es un proceso complejo, que involucra una diversidad de actores y factores, con distinto grado de responsabilidad. Por este motivo planteamos, a través del documento de posición "El descarte de merluza no solo es un problema biológico, también pone en riesgo las exportaciones y el empleo", que es urgente aplicar correctamente la Ley Federal de Pesca, mejorar el desempeño de las pesquerías para incorporar mayor transparencia y trazabilidad, minimizar la captura incidental de otras especies, el descarte y el impacto sobre el hábitat marino.
*La Ley Argentina en su artículo 1º del Régimen Federal de Pesca (Ley 24.922) establece que la pesca debe ser una actividad desarrollada de manera sostenible y con buenas prácticas, que promueva el “máximo desarrollo compatible con el aprovechamiento racional de los recursos vivos marinos”, con el objetivo de asegurar “la conservación a largo plazo de los recursos”. Así mismo, en su artículo 21, indica que está expresamente prohibido arrojar descartes y desperdicios al mar, en contra de prácticas de pesca responsables.